Operación Renta en Pro Pyme General: por qué tu base imponible no es lo mismo que tus utilidades
En Pro Pyme General el SII te cobra sobre lo que cobraste, no sobre lo que vendiste. Te explicamos qué significa eso en tu F22 y cuánto cambia la carga tributaria.
Si alguna vez miraste el estado de resultados de tu empresa en abril y pensaste "¿cómo voy a pagar impuesto sobre estas utilidades si no tengo ese dinero en la cuenta?", probablemente no estás en Pro Pyme General. O si estás, tu contador no te explicó bien la ventaja que tiene.
En el régimen Pro Pyme General (Art. 14 D N°3), el SII no te cobra sobre lo que vendiste. Te cobra sobre lo que efectivamente cobraste. Esa diferencia puede valer millones.
Percibido vs. devengado: la clave
En contabilidad, una venta "existe" en dos momentos distintos:
- Devengado: cuando emitís la factura, aunque el cliente aún no haya pagado.
- Percibido: cuando el dinero entra a tu cuenta bancaria.
El régimen general semi-integrado (el de las empresas grandes) tributa sobre el devengado. Si vendiste $100 millones en diciembre pero tus clientes pagan en enero, igual pagás impuesto en abril sobre esa venta.
En Pro Pyme General la fórmula es otra:
Base imponible = Ingresos percibidos − Gastos pagados
Un ejemplo concreto
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Facturas emitidas en 2025 | $120.000.000 |
| Facturas cobradas en 2025 | $95.000.000 |
| Gastos pagados en el año | $60.000.000 |
Régimen general: base = $60M → IDPC (27%) = $16.200.000
Pro Pyme General: base = $35M → IDPC (12,5%) = $4.375.000
Casi $12 millones de diferencia — sobre plata que además todavía no tenías en caja.
La tasa del 12,5% es transitoria para 2025–2027 (Ley 21.680). En 2028 sube al 15%.
El propietario también tiene ventaja
El IDPC lo paga la empresa. Pero el dueño (persona natural) paga IGC solo cuando retira utilidades, no sobre las ganancias que quedan dentro de la empresa. Si no retiraste nada, no hay impuesto personal.
Y cuando sí retirás en años siguientes, podés usar como crédito el IDPC que ya pagó la empresa — en Pro Pyme General ese crédito es íntegro (100%), a diferencia del semi-integrado donde es parcial.
La trampa que Pro Pyme General evita
En el régimen general es perfectamente posible tener $50 millones de utilidad contable y la caja vacía, porque vendiste a crédito. Aun así pagás impuesto en abril.
En Pro Pyme General, si no cobraste, no tributaste. El impuesto se calcula sobre plata que ya tenés. Para una PYME con cobros a 30, 60 o 90 días, eso marca una diferencia real de flujo de caja justo en el mes más crítico del año.
En Fizko llevamos el registro de ingresos percibidos y gastos pagados durante el año, para que cuando llegue abril no haya sorpresas. Conversemos.